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Gradaschi pide ley que haga de «cumplimiento obligatorio» al protocolo de aborto no punible

La diputada provincial y dirigente de Nuevo Encuentro en Lanús, Natalia Gradaschi, sostuvo que “en la mayoría de las instituciones de Salud de la Provincia se les niega este derecho a las mujeres que requieren abortos no punibles» y sostuvo ante la «falta de decisión política del Gobernador» es necesaria una ley que garantice la práctica.

Gradaschi impulsa un proyecto de ley de Protocolo de Aborto no Punible consensuado con la diputada Viviana Nocito. Esa propuesta ya fue aprobada por las comisiones de  Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer; y de Salud; y que se encuentra en la de Legislación General de Diputados. 


“Estamos trabajando para que este Protocolo se trate en breve en el recinto, ya que su aprobación pondría al Estado Provincial en el lugar del que nunca se tendría que haber corrido, que es el de garante de los Derechos, en este caso, de las mujeres”. 
El Protocolo de Aborto no Punible, que de aprobarse será de cumplimiento obligatorio en todos los servicios de Salud, busca “garantizar el acceso oportuno y en condiciones de equidad e igualdad a la interrupción de la gestación en los casos de aborto no punible enunciados en los incisos 1 y 2 del artículo 86º del Código Penal de la Nación, que exime de pena al médico y a la paciente que llevan adelante la práctica”.

Establece que la práctica de aborto no punible (o su negativa fundada) debe concretarse en un plazo de 5 días a partir de la solicitud de la mujer. En su artículo 8, el proyecto establece que “la interrupción de un embarazo en los casos de aborto no punible, no requiere de autorización judicial, ni de ningún otro requisito (…) siendo la imposición de exigencias adicionales, considerada como atentatoria de los derechos de la mujer y la exposición a incrementar el riesgo para su salud”.

Lo dispuesto por el proyecto de ley de Protocolo de Aborto no punible será de cumplimiento obligatorio en todos los servicios de salud (públicos, privados y de la seguridad social). Todas las obras sociales y empresas de medicina prepaga que ejerzan su actividad en la Provincia de Buenos Aires deberán incorporar en su menú prestacional la cobertura de las prácticas previstas en la iniciativa.

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