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Absolvieron a Maraz condenada a perpetua en un juicio en el que no tuvo intérprete

Reina Maraz, quechua parlante de origen boliviano, que en 2014 fue condenada a prisión perpetua por un tribunal bonaerense por el asesinato de su marido, fue finalmente absuelta hoy por la Cámara de Casación Penal, que consideró que la mujer no había accedido a su legítima defensa.
«Este fallo es reparatorio porque asume una perspectiva de derechos y de género y porque se dicta desde una posición de verdadera escucha de quienes se encuentran ante la Justicia», dijo a Télam Margarita Jarque, directora de Litigio Estratégico de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM).
El tribunal votó a favor de la absolución de Maraz, al considerar que la mujer, que había sido condenada en primera instancia a prisión perpetua por el asesinato de su marido, «no había podido defenderse hasta que tuvo una intérprete de su lengua para relatar que era víctima de violencia de género y que no mató a su pareja», confirmó la profesional, que tuvo acceso al fallo de Casación.
Según consta en el fallo, los jueces Ricardo Maidana y Mario Eduardo Kohen de la Sala VI de Casación Penal determinaron que «la falta de abordaje acerca de las circunstancias particulares de Reina Maraz Bejarano en el contexto de la administración de justicia en materia penal han generado una clara discriminación hacia su persona».
Y que dicha cuestión «no hace más que sembrar de dudas acerca de la objetividad de la sentencia de culpabilidad frente al hecho en cuestión».
Hasta la semana pasada, Maraz cumplió prisión domiciliaria desde su condena en 2014, pero el 22 de diciembre pasado se conoció la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 1 de Quilmes de otorgarle el beneficio de la excarcelación, por lo que «desde ese día no usó más el dispositivo electrónico con el que era monitoreada».
El 16 de noviembre de 2010 la mujer, embarazada de su tercer hijo, denunció en una comisaría de Florencio Varela la desaparición de su marido, Límber Santos, con quien había migrado desde una zona rural de Bolivia un año antes junto a sus hijos de 5 y 3 años.
A los cuatro días el cuerpo de Santos apareció enterrado en los fondos de un terreno donde había unos hornos de ladrillo donde ambos trabajaban, y ella fue detenida.
También estuvo preso por el hecho Tito Vilca, un vecino que peleó con Santos por una deuda de dinero, pero el hombre falleció en la cárcel sin poder dar testimonio en el juicio de Maraz.
La teoría de la fiscalía fue que la mujer y Vilca asesinaron a Santos ahorcándolo porque querían robarle dinero.
En 2014, el TOC 1 de Quilmes integrado por Silvia Etchemendi, Marcela Alejandra Vissio y Florencia Butiérrez condenó a prisión perpetua a Maraz por homicidio agravado por alevosía y premeditación, siguiendo el pedido del fiscal Fernando Celesia.
En 2012 la CPM conoció a la mujer durante una inspección a la cárcel de Olmos, donde los profesionales se dieron cuenta de que la mujer no hablaba ni entendía el español, mientras esperaba el juicio oral detenida.
A partir de ese momento la acompañaron y lograron que le dieran prisión domiciliaria, ya que ella había tenido a su último hijo en la cárcel.
El caso de Reina también develó que en Poder Judicial bonaerense no existían intérpretes de lenguas originarias, sobre lo cual ahora hay en proceso un registro.
Para la CPM, el caso de Maraz reveló la situación de las mujeres víctimas de violencia, migrantes, aisladas que no pueden comunicarse.
Una vez que contó con la intérprete Frida Rojas, Reina detalló las distintas violencias que sufría, al punto de ser «entregada» por su marido a un vecino en pago de una deuda, es decir violada, y obligada además a venir a la Argentina bajo amenazas de Santos de quitarle sus hijos.

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