actualización de su normativa vinculada a la fiscalización industrial, que
simplificará el proceso de control y promoverá el trabajo coordinado con otros
organismos.
infractores, con multas que van desde los 5 mil pesos hasta casi 6 millones, teniendo
en cuenta parámetros claves como el Nivel de Incidencia Ambiental (un nuevo
concepto que le permite a la Autoridad de Cuenta ordenar la real incidencia de
los establecimientos sobre el río), la reincidencia, la dimensión del
establecimiento y la naturaleza de la infracción.
inspectores dándole la posibilidad de imputar infracciones y aplicar clausuras
preventivas que deberán ser analizadas y ratificadas por analistas del
organismo. Incluye nuevas figuras legales como el cese de actividades y la
remediación ambiental (conceptos que no se encontraban en la legislación
anterior) permitiendo mantener actualizados las bases de datos de infractores y
evitando del deslinde de la responsabilidad de los pasivos ambientales”,
explicaron en un comunicado.
categorías y posibilita la presentación de planes aprobados por otras
autoridades de aplicación, algo que “permite llevar un registro pormenorizado
de los administrados que lleven adelante estas acciones, reduce tiempos y
costos en la gestión”.
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/200088/20190114