Uncategorized

Violencia de género: La Justicia consideró que un encendedor puede ser un arma

En un fallo inédito, la Justicia de Lomas de Zamora consideró como un arma a un encendedor. La medida se dio luego de que se comprobara que un hombre intentó prender fuego a su pareja tras rociarla con alcohol en una vivienda de Villa Centenario, informaron fuentes judiciales.

La resolución fue dictada por el juez de Garantías 8 de Lomas de Zamora, Gabriel Vitale, al resolver sobre un pedido de excarcelación del acusado, que está detenido por el delito de «homicidio agravado en grado de tentativa y coacción, todo ello en el contexto de violencia familiar y de genero».

Basado en jurisprudencia que considera que «para que un objeto pueda ser denominado ‘arma’ no solo es requisito excluyente el mayor poder intimidante que pueda ejercer sobre la víctima, sino también su poder vulnerante», el magistrado evaluó que el encendedor fue empleado con ese fin cuando el acusado amenazó e intentó quemar a su pareja.

El hecho sucedió el mediodía del 22 de febrero último en una vivienda de Villa Centenario, partido de Lomas de Zamora, cuando en medio de una violenta pelea un hombre arrojó alcohol sobre su pareja, luego le exhibió un encendedor de bencina con tapa y con la llama encendida le dijo: «Te voy a matar, te voy a prender fuego», según consta en la causa.

La mujer forcejeó entonces con el agresor y éste cayó al suelo, momento en que la tapa del encendedor se cerró y la víctima logró huir de la casa y radicar una denuncia policial para relatar el hecho del que había sido víctima.
En la causa intervino como fiscal de hechos de flagrancia Marcela Juan, quien inicialmente caratuló el hecho como «amenazas agravadas por el empleo de arma en el contexto de violencia familiar y de género».

Al convalidar la aprehensión del acusado, el juez avaló que «el uso conjunto del alcohol vertido sobre la víctima y el encendedor, aumentaron el poder vulnerante del sujeto activo y el intimidante del pasivo, catalogando los elementos descriptos como arma impropia», es decir que no fue creada con la finalidad de ser empleada en un ataque.

Vitale citó algunos fallos del Tribunal de Casación Penal bonaerense, entre ellos uno de la sala I que consideró «un arma impropia todo cuerpo que, por la manera en que es utilizado, no sólo aumenta el factor intimidante tendiente a anular la resistencia del sujeto pasivo, sino que además por su eficacia vulnerante incrementa el peligro para la vida o integridad del damnificado».

Otro de la sala III del mismo tribunal de alzada entendió que «se puede afirmar que cuando se habla de arma impropia, se alude a un objeto que, sin participar de la naturaleza intrínseca de un arma, es utilizada como tal».

La causa continuó con la incorporación de otros elementos de prueba que llevaron a que el expediente saliera de la órbita de flagrancia y pasara a la fiscalía a cargo de Stella Maris Tato, quien consideró al acusado autor del delito de «homicidio agravado en grado de tentativa y coacción todo ello en el contexto de violencia familiar y de genero», por el cual volvió a indagarlo.

La defensa solicitó entonces la excarcelación del acusado y la causa llegó a manos del juez Vitale, quien la rechazó porque en caso de recaer sentencia condenatoria, la misma no resultaría de ejecución condicional y ello implica los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la causa.

El magistrado consideró el uso del encendedor como un arma, en un fallo judicial sin precedentes, en este caso vinculado a la violencia de género.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *