La Provincia de Buenos Aires determinó que se exceptúen del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio a las siguientes actividades y servicios en Lanús:
1.Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
2.Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
3.Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
4.Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
5.Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
6.Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
7.Ópticas, con sistema de turno previo.
8.Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
9.Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.