El proyecto de Ley de Ética Pública y Transparencia elaborado por el Poder Ejecutivo bonaerense que busca establecer un sistema de promoción, impulso y garantía de la ética pública, la integridad y la transparencia en el ámbito de la provincia, ingresará en las próximas horas a la Legislatura.
La iniciativa busca regular «el conjunto de principios, deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables a todas aquellas personas que se desempeñen en la función pública en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, en todos sus niveles y jerarquías».
Fuentes del Gobierno de Axel Kicillof indicaron que la propuesta «es el resultado de un esfuerzo colectivo, plural y colaborativo que comenzó tras la creación de una Mesa de Trabajo en octubre de 2020».
Desde entonces, se llevaron a cabo 130 reuniones para la búsqueda de consensos, en las que participaron representantes de universidades públicas, organizaciones de la sociedad civil, colegios profesionales, organismos de la Constitución y funcionarios nacionales, provinciales y municipales.
Es que en la reforma constitucional de 1994, se dispuso que el Congreso debía sancionar una Ley de Ética Pública, hecho que se hizo hace 23 años. De igual modo, 11 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) sancionaron sus propias leyes, pero en territorio bonaerense ello nunca ocurrió.
El proyecto determina ciertos deberes e indica que «toda persona que se desempeñe en la función pública debe cumplir personal y eficientemente la función que le corresponde» y «usar el tiempo laboral empeñando siempre su mejor esfuerzo, en la forma más productiva posible».
También dispone que se debe «velar por la economía y conservación de los útiles, objetos y demás bienes que integran el patrimonio del Estado» y se recalca la necesidad de «esforzarse por encontrar y utilizar las formas más eficientes y productivas de realizar sus tareas, para mejorar los sistemas administrativos, en especial los orientados directamente a la atención de la población bonaerense».
En paralelo, se dispone el deber de garantizar la equidad de género, de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial y de declarar la existencia de una situación de conflicto de intereses.
También se prohíbe «utilizar para beneficio propio o privado, la información reservada, confidencial, secreta o privilegiada que obtenga con motivo de su cargo o función», así como «utilizar con fines particulares no vinculados a su función, los bienes del Estado, los documentos de las reparticiones públicas, y los servicios del personal».
Otras de las prohibiciones que se plantean son las de «realizar toda conducta violenta, amenazante, intimidatoria, humillante, de abuso de poder o acoso sexual y cualquier tipo de violencia por razones de género perpetradas a mujeres y/o personas del colectivo LGBTIQA+» y «ejercer actos discriminatorios» de cualquier tipo.